RESOLUCIÓN (4343 DE 2012) DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES
DERECHOS:
Especificar que todo afiliado o paciente sin restricciones por motivos de raza, sexo,
idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen social,
posición económica o condición social, tiene derecho a:
- Acceder en condiciones de calidad y
oportunidad y sin restricción a las actividades, procedimientos,
intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios.
- Acceder a las actividades, procedimientos,
intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y
que sean requeridos con necesidad.
- Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos
indispensables para determinar si quieres o no un servicio de salud.
- A que la entidad promotora de salud autorice
los servicios que requiera y aquellos que requiere con necesidad, incluso si no
se encuentran en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios de
salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente.
- Protección especial a niñas y niños e Indicar
que los derechos a acceder a un servicio
de salud que requiere a un niño o niña para conservar su vida, su dignidad, y
su integridad así como para desarrollar armónica e integralmente, están
especialmente protegidos. Se entiende por niña o niño, toda persona menor de 18
años.
- Recibir atención de urgencias que sea
requerida con la oportunidad que su condición merite sin que sea exigible
documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la
atención en una institución prestadora
de servicios de la salud de la red definida por la entidad promotora de salud.
Los moderados no pueden constituir barreras
al acceso a los servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad
económica de acuerdo con la
estratificación sociodemográfica de soportar el pago del mismo.
- Recibir durante todo el proceso de la
enfermedad, la mejor asistencia médica disponible, respetando los deseos del
paciente, incluso en el caso de enfermedad irreversible.
- Recibir por escrito, del prestador de
servicios de salud, las razones por las cuales el servicio no será prestado,
cuando se presente dicha situación.
DEBERES
Son deberes del afiliado y
del paciente, los siguientes deberes:
- Proponer por su auto cuidado, el de su familia
y el de su comunidad.
- Atender oportunamente las recomendaciones formuladas
por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la
salud y prevención de la en enfermedad.
- Actuar de manera solidaria ante las
situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
- Respetar al personal responsable de la
prestación y administración de los servicios de salud.
- Usar adecuadamente y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el sistema de salid, así como los recursos del
mismo.
- Cumplir las normas del sistema de salud.
- Suministrar de manera voluntaria, oportuna y
suficiente la información que se requiera para afectos de recibir el servicio.
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